%0 Journal Article %T El derecho cosmopolita de Fichte a la luz de la cr¨ªtica de Hegel al Grundlage des Naturrechts %J - %D 2017 %X Hegel desarroll¨® hacia 1802/1803 una cr¨ªtica radical del derecho natural del Fichte de Jena. En especial intent¨® mostrar que el supuesto del ego¨ªsmo universal, sobre el cual Fichte construye su sistema del derecho aplicado, no puede sostener el funcionamiento de la comunidad pol¨ªtica, porque es necesario apelar a instancias externas, tales como la virtud de los ¨¦foros o de los ¨¦foros naturales. En este trabajo intento mostrar que el argumento de Hegel tambi¨¦n podr¨ªa aplicarse al ¨¢mbito del derecho internacional fichteano. La raz¨®n de esto es que all¨ª tambi¨¦n Fichte opera con el supuesto del ego¨ªsmo universal, a fin de construir un sistema que disuada a los Estados de atacar a los dem¨¢s, por miedo a la coacci¨®n representada por la declaraci¨®n de guerra. Pero la amenaza constante del ataque de los dem¨¢s Estados, producto del supuesto del ego¨ªsmo universal, impide la construcci¨®n de un orden mundial pac¨ªfico donde se respeten los derechos de todos %K Hegel %K Fichte %K estado %K derecho %K cosmopolitismo %U http://revistascientificas.filo.uba.ar/index.php/CdF/article/view/5451